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martes, 11 de agosto de 2026 · Riad
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Cómo modificar los datos del certificado de nacimiento en Absher

El Ministerio del Interior permite modificar los datos del certificado de nacimiento a través de la plataforma Absher.

AJEL Españolhace 1 h · 2 min de lectura
Certificado de nacimiento en la plataforma Absher

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El Ministerio del Interior, a través de la Agencia de Estado Civil, ofrece el servicio de modificación de datos del certificado de nacimiento mediante la plataforma Absher.

Modificar los datos del certificado de nacimiento en Absher

La Agencia de Estado Civil explicó que ahora es posible modificar electrónicamente los datos del certificado de nacimiento propio o de un miembro de la familia a través de Absher.

Este servicio permite a ciudadanos y residentes actualizar fácilmente los datos de su certificado de nacimiento o el de un familiar mediante la plataforma Absher.

Los pasos para beneficiarse del servicio son los siguientes:

  • Iniciar sesión en la plataforma Absher Personas.

  • Seleccionar Estado Civil en la sección “Mis Servicios”.

  • Elegir Servicios de Certificado de Nacimiento.

  • Seleccionar Modificar datos del certificado de nacimiento.

Registro electrónico de nacimientos en Absher

La Agencia de Estado Civil del Ministerio del Interior detalló el servicio de registro electrónico de nacimientos, que permite a ciudadanos y residentes registrar a sus recién nacidos por internet.

La Agencia explicó que el servicio ofrece la posibilidad de solicitar la entrega de documentos oficiales, como el libro de familia y el certificado de nacimiento para ciudadanos, y el certificado de nacimiento para residentes, directamente al domicilio registrado sin necesidad de acudir a las oficinas de Estado Civil.

El trámite puede realizarse accediendo a la plataforma Absher, seleccionando “Mis Servicios”, luego “Servicios”, haciendo clic en el icono de “Estado Civil”, eligiendo “Registro de nacimientos”, revisando los requisitos y completando la solicitud.

La Agencia de Estado Civil recordó la importancia de registrar el nacimiento en un plazo de 30 días desde la fecha del parto, ya que se aplicará una multa económica si se supera este periodo.

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