Saltar al contenido
viernes, 24 de julio de 2026 · Riad
العربيةEnglishBoletínContacto
Arabia Saudita

Arabia Saudí aprueba nuevas normas sobre detención y embargo en casos de corrupción

El Gobierno saudí publica una normativa que regula las competencias de la Autoridad Anticorrupción en investigaciones y medidas cautelares en delitos de corrupción.

AJEL Españolhace 9 min · 6 min de lectura
Normativa saudí sobre corrupción y embargo de bienes

Claves de la noticia

AI

El boletín oficial «Umm Al-Qura» ha publicado una normativa que regula las competencias de la Autoridad de Control y Lucha contra la Corrupción en la aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y su reglamento, así como la Ley de la Fiscalía, con el objetivo de organizar el mecanismo de actuación de la autoridad en la investigación y acusación de delitos de corrupción, y definir las competencias y procedimientos detallados que se aplican en las fases de instrucción, investigación y juicio.

La normativa consta de cuatro capítulos y 21 artículos, y define las competencias del presidente de la autoridad, la unidad de investigación y acusación penal, los jefes de secciones y sucursales, los investigadores, los fiscales y los agentes de la autoridad judicial, en consonancia con la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de la Fiscalía.

Aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en casos de corrupción

La normativa establece que la autoridad aplicará todas las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y su reglamento, además de las normas propias de la autoridad, en todas las fases de instrucción, investigación y juicio en delitos de corrupción, otorgando a los agentes de la autoridad judicial, investigadores y fiscales las competencias previstas para cada uno, salvo las relativas a la supervisión e inspección de prisiones.

Asimismo, otorga al presidente de la autoridad las competencias atribuidas al fiscal general en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, salvo lo dispuesto en el artículo 112 de dicha ley.

Supervisión directa sobre los agentes de la autoridad judicial

La normativa somete a los agentes de la autoridad judicial en casos de corrupción a la supervisión de la unidad de investigación y acusación penal, que podrá solicitar la rendición de cuentas de cualquier agente que incumpla sus deberes o sea negligente en su trabajo, e incluso solicitar la apertura de un expediente disciplinario, sin perjuicio de la posibilidad de presentar una denuncia penal si procede.

Regulación de las solicitudes de recusación de investigadores

La normativa determina la autoridad competente para resolver las solicitudes de recusación de investigadores, correspondiendo al jefe de la sección o de la sucursal aceptar o rechazar la solicitud conforme a la normativa aplicable.

Competencia para emitir órdenes de registro domiciliario

La normativa regula la emisión de órdenes de registro de domicilios en casos de corrupción, atribuyendo esta competencia al jefe de la sección o de la sucursal, según corresponda, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Embargo de bienes y cuentas bancarias

La normativa otorga al jefe de la sección o sucursal la facultad de enviar solicitudes para la incautación y embargo de bienes y saldos existentes en bancos, así como la consulta sobre los mismos durante la fase de investigación, debiendo realizarse a través del Banco Central Saudí.

Estas medidas son herramientas clave para rastrear y preservar los fondos vinculados a delitos de corrupción hasta que concluyan las investigaciones.

Regulación del archivo de causas

La normativa también regula el mecanismo de archivo de expedientes, estableciendo que la decisión de archivo corresponde al vicepresidente de la unidad de investigación y acusación penal, o a quien este delegue, a propuesta del investigador.

Toma de declaración a testigos fuera del ámbito territorial

La normativa permite al investigador, tras obtener la autorización necesaria, tomar declaración personalmente a testigos fuera de su jurisdicción territorial, con el fin de agilizar las investigaciones cuando sea necesario.

Nombramiento de un investigador sustituto en caso de impedimento

Si no es posible interrogar al acusado detenido por causa imputable al investigador competente, la jefatura de la sección o sucursal designará a otro investigador para continuar las diligencias, garantizando así que el proceso no se detenga.

Órdenes de entrega de objetos incautados

La normativa faculta al jefe de la sección o sucursal para emitir órdenes de entrega de objetos en posesión de cualquier persona si están relacionados con el delito investigado, o para permitir que el investigador los examine.

Derecho de recurso y reclamación

La normativa regula los procedimientos de recurso contra determinadas resoluciones de investigación, incluidas las órdenes de detención o su prórroga, y determina las autoridades competentes para resolver estos recursos según el órgano que dictó la resolución.

Prórroga de la detención hasta 40 días

La normativa permite al jefe de la sección o sucursal dictar órdenes de prórroga de la detención del acusado por uno o varios periodos sucesivos, sin que en total excedan de cuarenta días desde la fecha de la detención.

Si el interés de la investigación requiere una detención más prolongada, el asunto se eleva al presidente de la autoridad, quien puede delegar esta competencia en el jefe de la unidad de investigación y acusación penal.

Ratificación de la libertad y archivo de la causa

La normativa regula también la ratificación de las órdenes de libertad de los detenidos y de archivo de la causa, estableciendo que, por regla general, corresponde al jefe de la sección o sucursal, pero en delitos graves exige la ratificación del presidente de la autoridad antes de que la decisión sea efectiva, pudiendo delegar esta competencia en el jefe de la unidad.

Responsabilidad de los miembros de la unidad de investigación

La normativa no solo regula la investigación de los acusados, sino también la responsabilidad de los miembros de la unidad de investigación, otorgando al jefe de la sección o sucursal la facultad de advertir a cualquier miembro que incumpla sus deberes, con derecho a recurso y solicitud de investigación, y la posibilidad de formar una comisión para examinar el recurso, hasta llegar a un expediente disciplinario si la infracción persiste o se repite.

Marco procesal unificado

La normativa constituye un marco procesal que regula el ejercicio de las competencias de la Autoridad de Control y Lucha contra la Corrupción en la investigación y acusación de delitos de corrupción, definiendo las responsabilidades internas, los mecanismos de emisión de órdenes, los procedimientos de recurso y las competencias relativas a la detención, registro y embargo de bienes, con el objetivo de garantizar la claridad y uniformidad de los procedimientos conforme a la legislación vigente en el Reino.

Comentarios (0)